Financiamiento de emergencia

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Financiamiento de emergencia

El Consejo otorga subvenciones y préstamos de emergencia a organismos públicos que enfrentan una emergencia imprevista que afecta gravemente la calidad de los servicios gubernamentales y requiere el gasto inmediato de dinero que: a) no se encuentra dentro de los recursos disponibles de la entidad pública, según lo determine el Consejo, y b) si está sujeto a asignación, no puede esperar razonablemente a la asignación por parte de la próxima sesión ordinaria de la legislatura.

Saldos actuales del fondo de emergencia, año fiscal 2026

Solicitud de financiamiento de emergencia al Consejo de Finanzas del Estado

Paso 1: Cuestionario de navegación de financiamiento de DFA

Cualquier entidad que busque financiamiento de emergencia DEBE completar primero el Cuestionario de navegación de financiamiento del Departamento de Finanzas y Administración. Esta herramienta es utilizada por el personal de la DFA y de la Junta para identificar posibles fuentes de financiamiento disponibles para la emergencia antes de realizar una recomendación final sobre la fuente de financiamiento.

Paso 2: Revisar la Política de Financiación de Emergencia

Si se recomienda el financiamiento de emergencia del Consejo, la entidad debe revisar la Política de Financiamiento de Emergencia del Consejo (a continuación). El personal utiliza la Política para hacer recomendaciones al Consejo sobre las solicitudes de financiamiento de emergencia. El Consejo tiene la autoridad final para aprobar o desaprobar cualquier solicitud de financiamiento de emergencia. Las entidades que soliciten financiamiento de emergencia deben utilizar la política como un recurso para comprender cómo el Consejo define una emergencia y qué requiere al considerar las solicitudes.

Paso 3: Solicitud

Las entidades que hayan sido guiadas al Consejo para financiamiento de emergencia deben presentar una solicitud de financiamiento antes de la fecha límite de la reunión del Consejo.

Requisitos y recursos posteriores al financiamiento

Cualquier entidad que reciba financiamiento de emergencia del Consejo debe proporcionar:

  • Convenio de subvención ejecutado (será proporcionado por el personal al momento de la adjudicación)
  • Informe trimestral (hasta que se gasten los fondos o se reembolse el préstamo)